Deducir correctamente los gastos de tu actividad como autónomo puede suponer una diferencia de varios miles de euros en tu declaración de la renta. Sin embargo, muchos autónomos deducen menos de lo que podrían por desconocimiento, y otros deducen más de lo que deben por exceso de optimismo. Esta guía busca el punto correcto.
Para que un gasto sea deducible en el IRPF de un autónomo en estimación directa, debe cumplir tres requisitos: estar vinculado a la actividad económica, estar debidamente justificado (factura o justificante válido) y estar contabilizado o registrado en los libros de gastos. Hacienda puede pedir justificación de cualquier gasto en una comprobación.
La cuota de autónomos es 100% deducible como gasto de la actividad. Si pagas 300 €/mes son 3.600 €/año menos de base imponible.
Si tienes empleados, sus salarios, Seguridad Social a cargo de la empresa y demás costes laborales son deducibles.
Si alquilas un espacio exclusivamente para tu actividad (no tu vivienda habitual), el alquiler es 100% deducible. El arrendador debe emitirte factura.
Todo el material que uses exclusivamente para tu actividad: ordenadores, software, licencias, material de oficina, herramientas profesionales.
Cursos, libros, suscripciones a plataformas formativas, asistencia a congresos del sector. Guarda siempre la factura y la documentación del contenido.
Gestoría, asesoría fiscal, abogado, diseñador, marketing digital, fotógrafo. Todo servicio que contratas para tu negocio.
Si usas el mismo teléfono para uso personal y profesional, Hacienda admite generalmente el 50% como deducible. Si tienes una línea exclusivamente profesional, el 100%.
Este es el punto más conflictivo. Para autónomos que no se dedican a actividades de transporte, reparto o enseñanza de conducción, Hacienda solo acepta la deducción del vehículo si está afecto exclusivamente a la actividad (lo que en la práctica es muy difícil de demostrar). El criterio de Hacienda es muy restrictivo. Consulta con tu asesor fiscal antes de intentar deducir el coche.
Deducibles si se producen en municipio distinto al de tu actividad habitual y hay desplazamiento justificado. Límites: 26,67 €/día sin pernocta en España, 48,08 €/día con pernocta. Necesitas justificante del establecimiento (ticket o factura con fecha, lugar e importe).
Si trabajas desde casa, puedes deducir el 30% de los suministros (luz, internet, agua, gas) proporcional a la superficie de la vivienda dedicada a la actividad. Si tu despacho ocupa el 15% de tu casa, deduces el 15% × 30% = 4,5% del total de suministros. Es un porcentaje pequeño pero legítimo.
Hasta 500 €/año por asegurado para ti, tu cónyuge e hijos (1.500 € si hay discapacidad). Uno de los pocos gastos que también es deducible en estimación objetiva (módulos).
Regla de oro: Ante la duda, guarda siempre la factura. Si luego el gasto no es deducible, no pasa nada. Si es deducible y no tienes factura, no puedes aplicarlo aunque el gasto sea legítimo.